El Código Estructural, que regula las estructuras de hormigón, tanto de edificación como de obra civil, se encuentra en vigor desde el mes de Noviembre de 2021. Y sustituye a la anterior Instrucción de Hormigón Estructural EHE-08.

La Dirección Facultativa, en representación de la propiedad, deberá efectuar las comprobaciones de control suficientes que le permitan asumir la conformidad de los productos, de la ejecución y de la estructura, en relación a los requisitos básicos para los que ha sido concebida y proyectada. Para ello, deberá aprobar un Programa de Control de Calidad para la obra, que desarrolle el Plan de Control incluido en el Proyecto.

A destacar, en lo que nos compete, que en este Programa en su apartado de conformidad de los productos, se deberá incluir el control a realizar durante el suministro de hormigón, siguiendo las indicaciones del artículo 57.5 del Código Estructural. Donde se indicará la modalidad de control, los criterios de aceptación y rechazo, el tamaño de los lotes para el control de la resistencia, etc.

A nivel general, los ensayos contemplados en el Código Estructural y de obligado cumplimiento, y que deberán estar incluidos en dicho programa serán:

  • Hormigón:
    • Resistencia a compresión a 28 días.
    • Determinación de la consistencia.
  • Barras de acero corrugado:
    • Límite elástico, carga de rotura y alargamiento.
    • Doblado y desdoblado.
    • Características geométricas y sección equivalente.

 

Para el resto de materiales y elementos constructivos no incluidos en el Código Estructural, para control de su conformidad, se podrían realizar, entre otros los siguientes ensayos:

  • Mortero:
    • Resistencia a flexotracción y compresión.
  • Cubiertas:
    • Prueba de estanqueidad.
  • Suelos:
    • Próctor modificado y densidad in situ.